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Forest Path

Tu empresa, un socio ambiental 

Querés sumarte y ser padrino de árboles?

Donando a nuestra Fundación, nos ayudan a financiar los proyectos que articulamos para plantear un cambio de perspectiva, donde la conciencia y la responsabilidad ambiental sea un beneficio tanto para la comunidad como para las empresas privadas. El Estado hoy nos habilita una alternativa para conseguir recursos, a través de la conformación de alianzas entre el sector privado y las asociaciones civiles sin fines de lucro.

Donaciones con beneficios tributarios

Somos una organización civil sin fines de lucro, en la que promovemos la conciencia de un mundo más amigable con el ecosistema y el concepto de sustentabilidad, donde la eco-diversidad conviva en equilibrio. Nuestro compromiso es que este equilibrio se rija bajo el concepto de Responsabilidad Social, abasteciendo así a las iniciativas que colaboren con los sectores mas vulnerables de nuestra sociedad. Desde ese lugar es donde podemos abordar la problemática económica que Argentina está atravesando en este delicado momento histórico.

En virtud de lo expuesto, es que lo invitamos a colaborar con nuestra Organización sin fines de lucro, con un aporte que será deducible en su balance impositivo de Impuesto a las Ganancias, respetando todas las condiciones que la ley nos impone:

 

1 - Se constate que la entidad que reciba la donación:​

  •  Esté exenta en el Impuesto a las Ganancias.

  • Posea Certificado de Exención Vigente (con autorización expresa de la AFIP del inciso “c” del artículo 81 de la Ley de Ganancias).

2 - Se constate que la entidad que reciba la donación:​

  • Se constate previamente que los fondos o bienes a donar estén justificados en su balance impositivo; de lo contrario, la donación se transforma en una infracción a la Ley de Prevención de Lavado de Activos.

  • El monto máximo de deducción sea del 5% de la ganancia neta impositiva del ejercicio (lo que sobrepase no podrá ser deducido).

3 - La entrega de los bienes donados se realice:

  • Dinero: entrega bancarizada (depósito en cuenta, transferencia electrónica y/o tarjeta de crédito o débito).

  • Bienes muebles: entrega con respaldos documentales como notas, remitos, contratos o papeles que documenten la donación.

  • Inmuebles: entrega hecha por escritura pública notarial.

​4 - Realizada la donación, se informe en su declaración jurada de Ganancias (por cada donación): fecha, CUIT de la donataria, importe donado, información bancaria de la entrega.

5 - Por último, y por disposiciones de la Unidad de Información Financiera (UIF):

  • Si el monto de la donación supera los $200.000, se presente a la Fundación una DDJJ de “Origen Lícito de Fondos”.

  • Si el monto  supera los $400.000, se presente a la Fundación DDJJ de “Origen Lícito de Fondos” + Documentación Respaldatoria.

Adjuntamos a nuestra presentación Certificado de Exención Vigente y Carpeta Institucional.

Sin otro particular, y estando a disposición ante cualquier consulta, saludamos cordialmente.

¿Realizaste una donación?

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